Hace unos días la prensa hacía eco de la sanción de 2000 € a una empresa por no contestar un currículum.
Analizemos los pasos:
Las empresas tienen la obligación de contestar formalmente a todos los candidatos que optan a un puesto de trabajo?
Pues, por desgracia, casi se da por hecho cuando se inicia una búsqueda de trabajo, algunos de los currículos que enviaremos no obtendrán ninguna contestación. A veces, para que el proceso de selección recibe una gran cantidad de candidatos, y otra para que simplemente se pasa por alto.
Pero la multa de 2000 € no viene exactamente por este camino. Moralmente, se podría contestar a los candidatos, pero no hacerlo no conlleva ninguna sanción, o al menos, de momento.
Entonces, la multa por qué fue?
Simplemente, por no informar a los candidatos del tratamiento de los datos aportados en los currículos y no informar de cómo ejercicio sus derechos.
Obviamente, ha habido una denuncia previa de un candidato, donde comunicaba al AEDP, que no se le informó de quién era el responsable de tratamiento (en la web tampoco lo especificaba, lo que también influye en la sanción), no se le informaba del tratamiento que se haría de los datos de los currículos, ni de cómo podía ejercer sus derechos.
La AEDP entiende que «la recogida de datos de carácter personal a través de formularios incluidos en una página web constituye un tratamiento de datos, respecto del cual el responsable del tratamiento debe dar cumplimiento al que prevé el artículo 13 del Reglamento General de protección de Datos «.
Las pruebas presentadas por el candidato y la no contestación de la empresa a los requerimientos de la AEPD, provocaron que la AEPD hubiera resuelto multar con un importe de 2000 €.
¿Cuál sería el procedimiento correcto de recepción de un curriculum?
En los currículos hay datos personales que pueden ser tratados por el Responsable de Tratamiento. Este debe informar siempre del tratamiento que se le dará a estos datos.
En nuestra través web, si tenemos un lugar donde se puede adjuntar el currículum o se recogen datos en algún formulario para la selección de personal, se informó del tratamiento de los datos en un lugar visible antes de hacer el envío. Además, aplicaremos el principio de minimización de datos.
Si se recibe vía mail u otros medios digitales (como es el caso de la sanción en cuestión), informó por el mismo medio y que nos quede constancia, del tratamiento de datos correspondiente al currículo.
Si se entrega en mano en formato papel, se debe hacer firmar la cláusula de información de recepción de currículum donde se informa del tratamiento de datos.
¿Qué datos se deben informar?
Hay que identificar quién es el Responsable del Tratamiento de los datos, la finalidad para la que se recogen estos datos, si los datos se cederán a terceros o si hay previstas transferencias internacionales de datos, el tiempo de conservación de los datos, así como informar de cómo poder ejercer sus derechos.
En LleidaPro te ayudamos a cumplir con la ley de Protección de datos.